Decreto N° 3408-2020

Autorízase a la Municipalidad de Catrilo, a suscribir un Convenio Marco con el Ministerio de Obras Públicas de la Nación.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3443 del 04-12-20.-

Dictado el 18-11-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

VISTO:

 

          El Exptediente Nº 12637/20, caratulado: "SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN -S/CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA NACION Y LA MUNICIPALIDAD DE CATRILO, PROVINCIA DE LA PAMPA EN EL MARCO DEL PROGRAMA PLAN "ARGENTINA HACE - I Y II"-; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que en las presentes actuaciones administrativas, el Señor Intendente de la Municipalidad de Catrilo, requiere autorización del Señor Gobernador de la Provincia de La Pampa, a los fines de formalizar un (1) Convenio Marco con el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, el cual consta a fojas 2/4 del Expediente Nº 12637/20, conforme lo establece la Ley Organica de Municipalidades y Comisiones de Fomento Nº 1597, artículo 151, segundo párrafo;

 

          Que de acuerdo a la Ley citada: "Los convenios o contratos en general, con organismos de otras provincias, nacionales o internacionales, necesitarán autorización previa del Poder Ejecutivo Provincial, excepto cuando lo fueren con la Universidad Nacional de La Pampa";

 

          Que el mencionado Convenio, se realiza en el marco del Plan "ARGENTINA HACE I", y tiene entre sus objetivos garantizar derechos, mejorando el nivel de empleo, la distribución de los ingresos y acceso a servicios urbanos e infraestructura social básica, entre otros objetivos;

 

          Que ha tomado intervención Asesoría Letrada de Gobierno;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Catrilo, a suscribir un (1) Convenio Marco con el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, el cual consta a fojas 2/4 del Expediente  Nº 12637/20.

 

Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.

 

Artículo 3º.- Dése al Registro Oficial, al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase a la Secretaría de Asuntos Muniscipales, a sus demás efectos.

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.